Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, ha incoado la ciudadana MARIA DEL CARMEN PRATO PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.046.087, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL "RESTAURANT CANDILEJITAS", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el N° 30, Tomo A-32, de fecha 07 de noviembre de 2005, en la persona del ciudadano JOSE ARCILIO AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-640.676, en su condición de Gerente de la referida sociedad mercantil.
Segundo: Se condena a pagar a la parte demandada; SOCIEDAD MERCANTIL "RESTAURANT CANDILEJITAS" en la persona del ciudadano JOSE ARCILIO AVILA, a pagar a la ciudadana MARIA DEL CARMEN PRATO PERNIA la cantidad de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 17.806,87) por los conceptos.....