JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cinco de junio del dos mil nueve.
198º y 150º
Vista la diligencia de fecha 02 de junio de 2009, suscrita por la abogado MARITZA ISABEL VARON BARREEA, apoderada judicial de la parte demandada y por la otra la abogado CARLAURA MOLERO CONTRERAS, apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual celebran una transacción y solicitan al Tribunal se homologue la misma, absteniéndose de ordenar el archivo del expediente, hasta tanto conste de autos el pago total de los montos adeudados. El Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, pero no da por terminado el juicio, ni ordena el archivo del presente expediente, hasta tanto conste de autos el pago total de los montos adeudados. Y así se decide.-
EL JUEZ,
ABG. J.....