DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: a) Se declara con lugar la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado como OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES SICOTROPICAS tipificado en el artículo 149 LEY ORGANICA DE DROGA Y EL DELITO DE ROBO GENERICO previsto en el artículo 455 del Código Penal en contra del adolescente mencionado y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes . b) Decreta medida preventiva de privación de libertad de conformidad con el artículo 581 letras "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en virtud de los razonamientos antes señalados. Líbrese boleta de privación de libertad. c) Se acuerda el procedimiento breve, remítase las actuaciones a a juicio dentro del lapso legal. SEGUNDO: Se AUTORIZA EL DECOMISO Y DESTRUCCIÓN DE LA DROGA INCAUTADA DE CONFORMIDA.....