Que en virtud de los argumentos expuestos, queda contestada la presente demanda
solicitando que se DECLARE CON LUGAR LA CUESTION PERENTORIA DE FONDO OPUESTA Y SIN LUGAR LA DEMANDA DE COBRO DE BOLIVARES ( Procedimiento por Intimación ) temerariamente, falsa y maliciosamente incoada en contra de la empresa EXPRESOS MOCOTIES C. R. L ,
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Tovar, a los cinco días del mes de Junio de Dos Mil Trece.
La Jueza Temporal
Abg. Yaniuska Omaña Gómez.
La Secretaria.
Abg. MARÍA Y. GÓMEZ DE L.
Zs.-