Este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, HOMOLOGA de conformidad con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, EL CONVENIO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, celebrado entre los ciudadanos RONNY ANTONIO SANCHEZ RANGEL , venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 18.125.693, y la ciudadana YOHANA ELIZABETH GIL BALZA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V.- 18.125.867, a favor de su menor hija MARIA GABRIELA GIL BALZA