´DECISIÓN
Por las razones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la Republica y, por autoridad de la constitución y ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA y da por consumado la transacción de la demanda propuesto en fechas 13 y 28 de marzo de 2025, por los ciudadanos, Abogados Luis Benito Becerra Gutiérrez, Sofía del Carmen Chong González, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-8.026.013 y V-6.002.731, inscritos en el Inpreabogado Nros. 42.758 y 66.040, representan a la parte demandante ciudadanos Arnaldo Emiro Valero y Fernanda Josefina Fernández Valero, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V- 8.026.013 y V- 13.966.831, y ciudadanos Abogados Liliana Margarita Arias Puente y Henry Alvarado Labrador, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-18.796.78.....