Este Juzgado de de Primera Instancia, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de CONTRERAS BRICEÑO JOSÉ LIBERIO titular de la cédula de identidad Nº 6.164.633, residenciado en Caño Seco, sector Las Colinas, calle 5, casa N° 40, El Vigía, Estado Mérida y BARRETO DE CONTRERAS EDILMA, titular de la cédula de identidad Nº 17.028.593, residenciada en Caño Seco, sector Las Colinas, casa N° 5-40, El Vigía, Estado Mérida; con fundamento legal en los artículos 2, 26,51, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos, 173, 318 numeral 3, 320 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, 108 ordinal 5º y 6°, 417 y 418 del Código Penal Venezolano. Notifíquese de la presente decisión a las partes y en caso de no ser localizados en la dirección indicada .....