ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación y las Pruebas ofrecidas, presentadas por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en esta audiencia Preliminar, por reunir los requisitos del artículo 326 del COPP, contra el acusado contra el imputado ERLES EMIRO CARRERO MORALES, venezolano, natural de Zea Estado Mérida, de 54 años de edad, nacido en fecha 10-02-1954, de estado civil casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V. 5.512.107, y residenciado e la Urbanización El Paraíso, calle 02, casa Nº 13-957, El Vigía estado Mérida; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Viol.....