El Tribunal se trasladó y constituyó a los fines de ejecutar la medida de Secuestro por este Juzgado, en el sitio indicado por la parte demandante.-CONCLUSIÒN: Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas, de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con Competencia Ordinaria; conforme a Resolución Nº 2013-0006 del T.S.J., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se constituyó desde la 9:35 a.m. en la dirección indicada al comienzo de la presente acta, visto el acto de auto composición procesal celebrado entre las partes, y lo solicitado por la parte actora, se abstiene de practicar la medida de Secuestro, decretada por este Juzgado y Acuerda la homologación respectiva.