Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 7 de marzo de 2012, por la ciudadana NISRIN ABED ALHIE KTEICH, asistida por el abogado AZARÍAS DE JESÚS CARRERO VIELMA, contra la sentencia definitiva de fecha 14 de junio de 2011, proferida por el Juzgado de la causa, en el procedimiento de oferta real de pago y depósito seguido por la parte recurrente oferente contra la oferida ciudadana ADA GERTRUDIS GONZÁLEZ ABREU, mediante la cual dicho Tribunal declaró "SIN LUGAR y, por ende NO VÁLIDA E IMPROCEDENTE, la Oferta Real de Pago efectuada" (sic), ordenando hacer entrega a la parte oferente de la cantidad de dinero dada en calidad de ofrecimiento real de pago. En consecuencia, se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes la referida decisión.