CAPÍTULO V
DISPOSITIVA
Con fuerza en la argumentación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con fundamento en lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ABSUELVE al ciudadano ÁNGEL DAVID DÁVILA UZCÁTEGUI, ya identificado, de los delitos de CORRUPCIÓN PROPIA, previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley contra la Corrupción vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal, y USO INDEBIDO DE SELLO, previsto y sancionado en el artículo 313 del Código Penal, en perjuicio de la FE PÚBLICA; siendo procedente ponerle fin al proceso ordenándose el cese de la medida de privación judicial pr.....