Este TRIBUNAL RETASADOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la RETASA solicitada por el apoderado de la parte demandada CARLOS ELOY GIL ZAMBRANO.
SEGUNDO: Se condena a la parte INTIMADA, ciudadano CARLOS ELOY GIL ZAMBRANO al pago de la cantidad de: CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS (Bs. 167.400,00), como Honorarios Profesionales para las abogadas MARIA INMACULADA RAMIREZ VERGARA y KARELIA COROMOTO CONTRERAS QUINTERO.
TERCERO: Se declara procedente la INDEXACION solicitada en el escrito de demanda sobre el monto anteriormente señalado es decir sobre la cantidad de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS (Bs. 167.400,00), la cual se realizará por un EXPERTO CONTABLE que realice los cálculos a partir de la fecha de la admisión de la demanda, es decir desde el diecisiete (17) de enero de dos mil .....