Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICION propuesta por el Abogado JOSÉ LUCIDIO VERA JAIMES, en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede Tovar, en el expediente signado con el N° 19-2025 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, por la comprobada causal de Inhibición entre la ciudadana Apoderada Judicial y el ciudadano Juez, con fundamento en el criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia dictada en fecha Siete (07) de Agosto de 2003.
SEGUN.....