PRIMERO: Admite parcialmente el acto de imputación realizada por el representante del Ministerio Público en esta misma fecha 05-09-2023, inserto a los folios Cincuenta y seis al Cincuenta y ocho (56 al 58) con sus respectivos vueltos en contra del Joven Adulto: ADRIAN JOSE ROSALES NUÑEZ, (adolescente para la fecha de los hechos), titular de la cedula de identidad Nº V-31.045.101,, plenamente identificado.-
SEGUNDO: Se aparta de la precalificación jurídica imputada por el Ministerio Público en cuanto al delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 57 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho A La Mujer A Una Vida Libre De Violencia, toda vez que de los hechos y elementos de convicción que contiene la presente investigación en contra del adolescente se subsumen en el Precepto Jurídico aplicable en el artículo 259 del Ley Para Protección Niños Niñas Y Adolescentes, en su primer aparte y conforme a lo establecido en el artículo 260 de la referida ley tenemos la p.....