Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal Municipal en Funciones de Control No.02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se Califica como flagrante la aprehensión de los imputados : YOHANDRY YORKENY RIVERA COLINA y JANNERIS DEL CARMEN BERMEJO GARCES Supra identificados, por el delito de INSTIGACION DIRECTA, previsto y sancionado en el artículo 283 en concatenado con el art. 413 del Código Penal y en referencia al art. 217 del la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes , en perjuicio de las niñas K.A.G.C y J.M.B SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa continúe por el PROCEDIMIENTO PARA EL JUZGAMIENTO DE LOS DELITOS MENOS GRAVES, de conformidad con el artículo 354 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal .....