Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 5 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, constituido como Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CONDENA al acusado ciudadano: JOSÉ ALVARO LOSANO LAMUS, antes identificados, por la comisión de los delitos de: LESIONES INTENCIONALES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA (CUCHILLO), previstos y sancionados en los artículos 415 y 277 del Código Penal vigente, a cumplir la pena de: DOS (2) AÑOS, DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo son: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción de la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la condena, terminada ésta.
SEGUNDO: Teniendo en cuenta que el presente fallo es CONDENATORIO, conforme lo .....