PRIMERO: Se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada, abogada SONIA MONTILLA DAVILA, en el escrito de la contestación de la demanda, presentado en fecha 10 de agosto de 2017 (folios 50 y 51), impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena expedir por Secretaría para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.