Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana: ALBA MARÍA RAMÍREZ DÍAZ y el Acta de Matrimonio de sus padres ciudadanos EUSTACIO RAMÍREZ y ROSENDA LINA DÍAZ GARCÍA, insertas por ante el Registro Civil del Municipio Guaraque del Estado Mérida, se establece 1) En cuanto a la partida de nacimiento, que el nombre de la madre de la solicitante es ROSENDA LINA, 2) En el Acta de Matrimonio, el nombre de la solicitante es ALBA MARÍA y su fecha de nacimiento es TRECE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO, queda así rectificada. A tales efectos, expídase por la secretaria de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organism.....