En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se ACUERDA conforme a los artículos 478, 479 numeral 1, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del penado EDIXON ENRIQUE MORENO, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 09-02-1979, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.023.297, hijo de Petrona Moreno (v) y de Luis Ángel Suárez (d), domiciliado en Caño Seco, Sector Las Colinas, calle 3, N° 3-83, cerca de un estacionamiento de Expresos Horizonte, teléfono 8084045; la fórmula alternativa de cumplimiento de pena correspondiente a la LIBERTAD CONDICIONAL, quedando el mismo bajo la supervisión, orientación y control de un Delegado de Prueba del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. José Agustín Méndez Urosa”, ubicado en.....