Se dictó sentencia en la presente causa, en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de junio del año 2024, por el abogado FRANCISCO EFREN CERMEÑO ZAMBRANO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA en fecha 03 de junio del 2024 (folio 16). Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto apelado. TERCERO: En virtud de la naturaleza de este fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre costas.