Se fundamentó decisión tomanda en sala en fecha 28/11/12 mediante la cual se otorga el beneficio de Libertad Condicional al penado Samir Antonio Morales de confiormidad a los artículos 2, 26, 49, 257 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2, 7, 61, 64 y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario, artículos 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 479, 500, 504, 510 y 531 en su tercer aparte, todos del Código Orgánico Procesal Penal