"(...) DISPOSITIVA
Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con lugar el recurso de apelación de autos en la modalidad de Efecto Suspensivo de conformidad con lo establecido en el artículo 430 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto en fecha diecinueve del mes de octubre del año dos mil dieciséis (19/10/2016), por los abogados Tania Joseph Younes Machaalani, Luis Eduardo Mora Sandrea, José Antonio Páez Jaimes con el carácter de Fiscal Provisorio, Fiscal Auxiliar y Fiscal Auxiliar Interino Décimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida (...).
SEGUNDO: Se acuerda dejar vigente los demás pro.....