Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO:Así pues, existiendo elementos de convicción suficientes que hagan presumir que los adolescentes investigados participaron en los hechos, este Tribunal considera procedente conforme lo solicitado por los Representantes Fiscales, decretar la detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar, con fundamento en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, de los investigados (IDENTIDAD OMITIDA), ordenando su reclusión en le Instituto Nacional del Menor (INAM), con sede en la ciudad de Mérida, específicamente en la Entidad de Atención para el Cumplimiento de Medidas no .....