Se declar´´o la NULIDAD de la sentencia definitiva apelada, de fecha 2 de mayo de 2016, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, por ser ese Tribunal incompetente por razón de la materia para conocer y decidir, en primer grado, la demanda que por nulidad de contrato de compra venta fue propuesta por la ciudadana JOSEFA PERNÍA de ARELLANO (†) contra la ciudadana CAROL PIERINA ARELLANO. En tal virtud, se REPONE el procedimiento al estado en que se encontraba para la fecha en que se dictó dicho fallo, a fin de que el mencionado Tribunal proceda a DECLINAR la competencia en el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, al cual se considera competente por razón de la materia, para conocer, sustanciar y decidir, en primer grado de jurisdicción, la.....