Este Tribunal declaró concluido el procedimiento por cuanto el abogado NELSON RAMON GRIMALDO GARCIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora desistio del mismo; se ordenó el archivo del expediente y se suspendio la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 13 de abril de 2004, sobre un inmueble consistente en un fundo agropecuario denominado "El MILAGRO", ubicado en el Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia.