OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado NERIO MARQUEZ ROSALES, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-4.700.579, nacido en fecha 27-03-1955, de 56 años de edad, soltero, comerciante, séptimo año de educación básica, hijo de Rómulo Márquez y Josefa Rosales de Márquez, domiciliado en el Barrio San Isidro, calle 5 de Julio, casa 12-117, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la Modalidad de Transporte, previsto y sancionado en los articulo 31 en su encabezamiento, de al Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑO DE PRISION, más las accesorias de ley, los cuales se contaran a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el .....