Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos María Elena Rodríguez Hernández y Jorge Manuel Clemente Monrroy, titulares de las cédulas de identidad número Nº V-10.184.723 y 6.295.110, respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha cuatro (04) de Octubre del año mil novecientos ochenta y nueve (1.989), por ante la Oficina o Unidad de Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda, por medio .....