DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta en fecha 28 de enero de 2016, por los abogados FRANCESCO ALBERTO ZORDÁN ZORDÁN y LEONEL JOSÉ ALTUVE LOBO, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos JOSÉ EDUARDO BARÓN DÁVILA, EDUARDO ALFONSO BARÓN JAIMES e YIDRIS MARIAANA BARÓN JAIMES, de la cual se adhirió posteriormente la sociedad mercantil "HÁBITAT LA RIBERA C,A.", representada por los abogados FRANCESCO ZORDÁN ZORDÁN y GABRIEL JOSÉ FEBRES CORDERO PEÑA, por la presunta violación del derecho a la defensa, la tutela judicial efectiva y el derecho de dirigir peticiones y a la .....