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DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Andrés Albarrán Rivas, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR C.A, en contra de la decisión publicada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en data 18 de julio de 2018, conforme al artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido que declara:
Primero: SIN LUGAR el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la Sociedad Mercantil CERVECERIA POLAR C.A, a través de su apoderado judicial en contra de la Providencia Administrativa Nº 00130-2.....