Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de despido reenganche y pago de salarios caídos intentada por la ciudadana Mireya Josefina del Carmen Cegarra de Nava contra el Banco de Venezuela, S.A.C.A., Banco Universal.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.