DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 3, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANTO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ABSUELVE, a los ciudadanos ABEL ERNESTO RUA RONDON Y NEOMAR ALEXIS RUIZ BLANCO, ut supra identificados, de los cargos formulados por la representación Fiscal, como autores y responsables en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO CONTINUADO, previsto y sancionado en al artículo 460 del Código Penal, en armonía con el artículo 99 ejusdem, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSE GREGORIO ESCALANTE y otros. Por tanto, producto de la decisión de no responsabilidad establecida, y habida cuenta que los ciudadanos ABEL ERNESTO RUA RONDON y NEOMAR ALEXIS RUIZ BLANCO, se encuentran privados de libertad por la presente causa, se ordena la LIBERTAD INMEDIATA de los mismos. Por otra parte, y en relación al coimputa.....