PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación de autos interpuestos en interpuesto en fecha doce de junio de dos mil veintitrés (12/06/2023), por el Abogado Jesús Alberto Álvarez Tovar, actuando con el carácter de Abogado Asistente del ciudadano Oscar David Uzcategui Dávila, en contra de la decisión emitida en fecha ocho de junio de dos mil veintitrés (08/06/2023), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, en el asunto signado con el Nº LP01-O-2023-000030.
.
SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada, en los términos ya indicados.