En razón de lo anterior, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de N° 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA procedente al solicitud fiscal, y como consecuencia de ello, ordena REVOCAR al ciudadano JOSE LUIS MALDONADO, quien es venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.656.697, nacido en fecha 20-01-77, de 26 años de edad, y domiciliado en el Vigía Estado Mérida, la medida cautelar consistente en Fianza Personal, que le fue decretada por éste Tribunal en fecha 08-07-04; por consiguiente, se ordena emitir la correspondiente orden judicial de captura, a los diferentes órganos de seguridad, a objeto de que una vez materializada la misma, sea puesto a la orden de ésta autoridad judicial, dentro del lapso estipulado en la ley, para imponerlo de ésta decisión, escucharlo, y ratificar o no lo decidido. Así se decide, Cúmplase. Emítanse los correspondiente oficios .....