:Este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acordó: 1)Revocar Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con el artículo 41 de la Ley Adjetiva Penal, antes de la última reforma, en concordancia con el art 24 de la CRBV y 553 del COPP, referente a la irretroactividad de la ley; dictándose el correspondiente auto de apertura a juicio, en contra del imputado EDWIN FRANK MORA MENDEZ, por el delito de Aprovechamiento de Vehículo proveniente de Hurto, previsto y sancionado en el artículo 9° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano ABDON ROJAS. 2)Abrir el juicio oral y público, emplazándose a las partes para que el plazo común de 5 días concurran ante el Juez de Juicio, asimismo se instruye a la secretaria remitir al Tribunal de Juicio las actuaciones una vez transcurra el lapso legal. 4) Oficiar a la Coordinació.....