En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, a solicitud de la actora, de conformidad con el artículo 525 del código de Procedimiento Civil, se SUSPENDE la ejecución de la Medida de Secuestro a que se contrae la presente comisión,