PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los profesionales del derecho Mariebe Calderón y Juan Carlos Sarache, con el carácter de apoderados judiciales de la Universidad de Los Andes (accionada), contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 23 de marzo de 2012.
SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido, que declaró:
"Primero: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano NAUDY ALEXANDER MOLINA, contra la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, en la persona del Rector, ciudadano Mario Bonucci.
Segundo: Se ordena al ciudadano Mario Bonucci, Rector de la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00204-2010, de fecha 08 de octubre de 2010, proferida por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó el Reenganche por desmejora del accionante.
Tercero.....