este Juzgado declara firme dicha decisión. Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el particular "TERCERO" de la parte dispositiva de la decisión dictada por esta instancia judicial, en fecha 17 de mayo de 2013, mediante la cual, entre otras cosas, decretó la interdicción provisional de la ciudadana MARÍA RAFAELA QUINTERO VIUDA DE PAREDES, este Tribunal acuerda librar boleta de notificación a la ciudadana MARINA DEL CARMEN PAREDES DE GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, casada, educadora, titular de la cédula de identidad Nº V-3.767.566, domiciliada en el Municipio Pueblo Llano del estado Mérida y civilmente hábil, a fin de que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO (2°) DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su notificación, en cualesquiera de las horas señaladas en la tablilla del Tribunal a los fines de que manifieste su aceptación o excusa al cargo de TUTORA INTERINA designada por este Tribunal, y en el primero de los casos, preste e.....