PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho ¬interpuesto en fecha 13 de mayo de 2014, por la abogada CARMEN ADELA RAMÍREZ VERGARA, en su carácter de apoderada judicial de la codemandada, ciudadana CARMEN OFELIA DÍAZ, contra la providencia de fecha 06 de mayo de 2014 (folio 34), mediante la cual el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar, admitió en un solo efecto el recurso de apelación intentado por la hoy recurrente, contra la sentencia interlocutoria de fecha 24 de abril de 2014, en el juicio que por interdicto restitutorio es seguido por la ciudadana ROMELIA QUINTERO GONZÁLEZ, contra los ciudadanos MARÍA MOLINA, MARCOLINA MOLINA, FRANCELINA MOLINA, CARMEN DÍAZ y JOSÉ DÍAZ.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la mencionada p.....