este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la cosa juzgada alegada como punto previo por la parte actora recurrente. Segundo: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente, contra la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha trece (13) de marzo de 2017. Tercero: Confirma la sentencia recurrida. Cuarto: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Remítase el presente expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.