DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la acción reconvencional, interpuesta por "Resolución de Promesa Bilateral de Compra Venta, de naturaleza preliminar o preparatorio por Incumplimiento del Convenio, de fecha 22-02-2014".
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, interpuesta por el ciudadano EVER YOHAN ANGULO CONTRERAS, contra los ciudadanos EDICXON SEGUNDO RAMIREZ CASTILLO y OLANDA VERA DE RAMIREZ, respecto del documento otorgado por vía privada en fecha 22 de febrero de 2.014, en la ciudad de Ejido, Sector San Onofre, Calle frente al Sol, del Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora por haber resu.....