DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como autor al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 405 Y 406 ORDINAL PRIMERO del Código Penal, en perjuicio de Julio Cesar Altuve, (occiso), sancionado en el artículo 620 literal "f" y 628 parágrafo segundo letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente a cumplir la sanción de UN AÑO (01) DE PRIVACION DE LIBERTAD que deberá cumplir en el Instituto Nacional del Menor, seccional, Mérida. Líbrese Boleta de privación de libertad.
SEGUNDO: Se declara la cesación de las medidas cautelares dictadas por este tribunal.
TERCERO: En atención al principio Constitucional de gratuidad de la Justicia no se condena al pago de las costas procesa.....