En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente incidencia en los términos siguientes:
PRIMERO: NO HA LUGAR a la apelación sedicentemente interpuesta por el abogado VICTORIANO FLORES QUINTERO, en su condición de coapoderado judicial de la ciudadana RAMONA ANTONIA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 686.490, parte accionante, contra la decisión de fecha 03 de marzo de 2009, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido contra los ciudadanos EDDY ALFONSO VARELA DUGARTE, JOSÉ REINALDO ÁVILA CAMACHO, RAMÓN ERASMO SALAS VALERO, YULIMAR COROMOTO MÉNDEZ ROJAS, YNOCENCIA SOSA, THAIS.....