JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Seis de Julio de Dos Mil Diez.-
200º y 151º
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con lo recaudos acompañados, fórmese expediente, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por el abogado JULIO DAVID PAREDES MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. 13.499.682, Inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 89.734, de este domicilio y hábil, actuando en su condición de Endosatario en Procuración de una letra de una letra de cambio, a la orden de FRANCISCO ARMANDO DÍAZ RAMÍREZ, CONTRA: DARMIN HIDALGO SÁNCHEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.477.456, de este domicilio y hábil, POR COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, ya que están llenos los extremos exigidos en los artí.....