Se dictó auto y se efectuó el cómputo de pena correspondiente al penado Carlos Omar Mory Vivas, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Asimismo, se acordó tramitar la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la destrucción de la droga descrita en la experticia química N° 9700-067-LAB-771, de fecha 17 de agosto de 2003, suscrita por la experta María Teresa Balza C., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida.