ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente investigación penal Nro.14-F7-0033-99, a favor de PABLO VICENTE CANCELADO PINEDA, venezolano, natural de Colombia, titular de la cédula de identidad N° 6.156.896, en perjuicio del ciudadano Luís Emiro Montilva, delito de Lesiones Culposas a graves, previsto y sancionado en el artículo 417 en armonía con el 422.2 del Código Penal vigente para la época, por los hechos ocurridos en fecha 11-07-1999(...); se encuentra extinguida la acción penal de conformidad con el artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Pena; y el artículo 318 en su numeral 3 del ejusdem.Y ASI SE DECIDE- SEGUNDO: Se acuerda notificar a la victima de conformidad con lo previsto en los artículos 118 y 120 numeral 6, 7 y 8 del COPP. Ig.....