DISPOSITIVA
Este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante MIGUEL ANGEL DIAZ quien en vida era venezolano, de treinta años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.966.467, domiciliado en el Sector Pueblo Viejo, sitio Mucumbú Medio, casa S/N, jurisdicción de la referida población de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, fallecido en fecha Veinticuatro de Mayo de dos mil nueve (2009) en la Plaza de Pueblo Viejo, Sector Pueblo Viejo, Jurisdicción de Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida según consta en el Acta de Defunción Nº 22 al folio 0022, correspondiente al año 2009, expedida por la Registradora Civil de Lagunillas, Municipio Sucre del .....