Este Tribunal de Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por el defensor privado, Abogado Gerardo Corredor, en su carácter de defensor del imputado YONATHAN ANTONIO PARRA RODRIGUEZ, suficientemente identificado y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad, se NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad, dictada en fecha 23 de julio de 2012; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, di.....