PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 13 de noviembre de 2007, por la abogada MARÍA MILENA RIVAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado 112.635 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto donde negó la solicitud de que fueran llamados herederos conocidos de la ciudadana ALBA CONSUELO DÁVILA DE CONTRERAS, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido contra los ciudadanos ALONSO DE JESÚS, JOSÉ TRINIDAD Y LIBIA JOSEFINA CONTRERAS ARELLANO, por ejecución de hipoteca. Por cuanto esta sentencia se publica fuera del lapso legal, debido al exceso de trabajo originado por las distintas materias, causas y recursos que conoce este Tribunal, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes o sus apoderados judiciales, haciéndoles saber de la publicación de esta sente.....