PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos LUIS GABRIEL LARA MÁRQUEZ y VANESSA COLMENARES GROSSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.340.823 y V-20.199.897, en su orden, domiciliados el primero en la urbanización La Mata, calle principal, casa Nº 2-86, parroquia Osuna Rodríguez, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y la segunda en la urbanización Alto Prado, calle 4, casa Nº 63, parroquia Antonio Spinetti Dini, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor de la niña MIA DEL VALLE LARA COLMENARES, de cinco (05) años de edad, F.N.: 22/03/2020, pasaporte venezolano N° 194790910; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.