Por lo expuesto, este Tribunal Penal en funciones de Juicio N° 4 pasa a dictar decisión Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley con el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Solicita al querellante JESUS MANUEL SANTIAGO DE LEON, subsanar el escrito de querella con las respectivas firmas y el Poder Especial para representar al acusador privado con las formalidades del artículo 415 del Código Orgánico Procesal Penal, en un plazo de cinco días hábiles, a fin de decidir su admisibilidad. Librese boleta de notificación.
EL JUEZ,
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ.
EL SECRETARIO